LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

El 28 de febrero de 2015 entró en vigor, tras publicarse en el BOE, la llamada ley de segunda oportunidad, el procedimiento vigente se mejora notablemente. No obstante en España, apenas unas cientos de personas físicas utilizan cada año esta fórmula.

Con este Real Decreto se puede optar por dos opciones:
-Solicitar el concurso de acreedores de persona física ante un juez de lo mercantil.
-Intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores a través de la mediación de un notario.